REGLAMENTO TECNICO MERCOSUR SOBRE CONTENIDOS NETOS DE PRODUCTOS PREMEDIDOS. RESOLUCION GMC 31/07




Promulgación: 11/08/2008
Publicación: 18/08/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 407
Derogada/o por: Decreto Nº 394/021 de 01/12/2021 artículo 2.
Referencias a toda la norma
VISTO: la Resolución Nº 31/07 de 11 de diciembre de 2007, del Grupo
Mercado Común del MERCOSUR.

RESULTANDO: que por la misma se aprobó el denominado "Reglamento Técnico
MERCOSUR sobre Contenidos Netos de Productos Premedidos".

CONSIDERANDO: I) que el artículo 38 del Protocolo Adicional al Tratado de
Asunción sobre la Estructura Institucional del MERCOSUR - Protocolo de
Ouro Preto - aprobado por Ley Nº 16.712 de 1º de setiembre de 1995,
establece que los Estados Partes se comprometen a adoptar las medidas
necesarias para asegurar en sus respectivos territorios el cumplimiento de
las normas emanadas de los órganos correspondientes previstos en el
artículo 2º del referido Protocolo;

II) que es necesario proceder de acuerdo al compromiso asumido por la
República en el Protocolo mencionado poniendo en vigencia en el derecho
positivo nacional la norma emanada del Grupo Mercado Común referida en el
VISTO.

ATENTO: a lo expuesto, lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 15.298 de 7 de
julio de 1982 y la Ley Nº 16.196 de 22 de julio de 1991, a lo dictaminado
por el Laboratorio Tecnológico del Uruguay y la Asesoría Jurídica del
Ministerio de Industria, Energía y Minería.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 387/008 de 11/08/2008 artículo 1.

Artículo 2

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 387/008 de 11/08/2008 artículo 2.

Artículo 3

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 387/008 de 11/08/2008 artículo 3.

Artículo 4

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 387/008 de 11/08/2008 artículo 4.

TABARE VAZQUEZ - DANIEL MARTINEZ - PEDRO VAZ
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