De acuerdo al valor precedentemente establecido y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 15º de la ley 14.219 citada, la determinación de los alquileres que se actualizan en el mes de julio de 1978, se efectuará multiplicando el último alquiler por el índice 1.4296.Content-Type: text/html; charset=ISO-8859-1
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