DEROGACION DE LOS ARTS. 5°, 6° Y 7° DEL DECRETO 272/009, RELATIVO AL ETIQUETADO DE CALZADO NACIONAL Y EXTRANJERO




Promulgación: 05/12/2022
Publicación: 12/12/2022
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: el Decreto N° 272/009, de 8 de junio de 2009;

   RESULTANDO: I) que la referida norma establece la obligación de presentar declaraciones juradas respecto del calzado de origen nacional o extranjero;

   II) que puede prescindirse de esa exigencia utilizándose otros mecanismos de control más eficientes;

   CONSIDERANDO: que la eliminación de este requisito constituye una medida tendiente a la facilitación del comercio;

   ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en el artículo 168, numeral 4° de la Constitución de la República;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Deróganse los artículos 5 a 7 del Decreto N° 272/009, de 8 de junio de 2009.

   LACALLE POU LUIS - AZUCENA ARBELECHE - OMAR PAGANINI
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