REDUCCION DEL GASTO. AJUSTE DE CREDITOS PRESUPUESTALES DE LOS INCISOS 02 AL 15




Promulgación: 08/10/2002
Publicación: 15/10/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 1088
VISTO: lo dispuesto por el inciso 2º, artículo 1º de la Ley Nº 17.556, de 
18 de setiembre de 2002.-

RESULTANDO: I) que por la citada norma, se reducen los créditos 
presupuestales correspondientes a gastos de funcionamiento por toda 
financiación, de los grupos 1 a 7 de los Incisos 02 a 19 y 25 a 27, en un 
8% anual para los ejercicios 2002 a 2004.-

II) que en el caso de la Administración Central, el máximo gasto 
autorizado surge de la aplicación de lo establecido por el artículo 2º 
del Decreto Nº 69/002, de 27 de febrero de 2002.-

CONSIDERANDO: que la aplicación de la reducción establecida por la norma 
legal, deberá realizarse con respecto al tope autorizado por el artículo 
2º del Decreto citado.-

ATENTO: a lo expuesto.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                DECRETA:                                  

Artículo 1

 La reducción dispuesta por el inciso 2º, artículo 1º de la Ley Nº 
17.556, de 18 de setiembre de 2002, en los Incisos 02 al 15, se realizará 
tomando como base el tope autorizado por el artículo 2º del Decreto Nº 
69/002 de 27 de febrero de 2002.-

BATLLE - ALEJANDRO ATCHUGARRY


Ayuda