EXONERACION TRIBUTARIA. IMPORTACIONES. TABACO




Promulgación: 31/05/1973
Publicación: 07/06/1973

Resumen:

Exonérase, por el término de un año, de tributos a las importaciones de 
máquinas e implementos que realicen las empresas que exploten el cultivo 
del tabaco.
Modificada y/o Anotada (referencias acotadas):
      Decreto Nº 396/974 de 23/05/1974 artículo 1,
      Decreto Nº 1.085/973 de 20/12/1973 artículo 1.

Artículo 1



		
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