REGLAMENTACION DEL MANEJO Y CONTROL DE LA PLAGA DE MALEZA PROHIBIDA




Promulgación: 11/10/1995
Publicación: 20/10/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1995
  •    Página: 486

CAPITULO IV - PROCEDIMIENTO DE CONTROL
A) CONTROL DE CHACRA

Artículo 6

    Será competencia del ingeniero agrónomo interviniente:
- detectar, mediante la aplicación de la metodología de inspección
adecuada, la presencia o ausencia de la maleza en la chacra;
- comprobada la presencia de la plaga, recomendar las medidas de
manejo y control y verificar su aplicación;
- realizar una evaluación final debiendo recomendar o no la cosecha
total o parcial de la chacra.
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