DECLARACION DE INTERES NACIONAL. ACTIVIDAD REALIZADA POR ESTABLECIMIENTOS PRIVADOS, TENDIENTE A PROMOVER LA SALUD INTEGRAL DE LOS ADULTOS MAYORES




Promulgación: 30/12/2020
Publicación: 07/01/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 15

   (Repuntuación).- En caso que el inversor demuestre que ha generado un puntaje superior al comprometido en el proyecto de inversión promovido, podrá solicitar ante la COMAP que se le recalcule la exoneración y el plazo que hubiera correspondido a dicho puntaje, en cuyo caso se emitirá una resolución del Poder Ejecutivo.

   Del mismo modo, en caso de incumplimiento por encima del margen de tolerancia a que refiere el artículo anterior, podrá solicitarse el amparo de los beneficios aplicables al puntaje que se cumpla efectivamente sin perjuicio de las reliquidaciones de tributos que correspondan.

   La COMAP establecerá el procedimiento para la aplicación del mencionado criterio.
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