AMPLIACION DEL REGIMEN DE DEVOLUCION DEL IVA INCLUIDO EN LAS ADQUISICIONES DE BIENES REALIZADAS POR DETERMINADOS TURISTAS




Promulgación: 23/11/2012
Publicación: 30/11/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2012
  •    Página: 1502
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 32.
Referencias a toda la norma

Artículo 7

 Obligación de informar.- El Operador Turístico de Reintegro deberá
presentar ante la Dirección General Impositiva una declaración jurada, en
las condiciones y plazos que ésta establezca, que contendrá los datos de
la transacción y del comercio autorizado, así como toda otra información
complementaria que ésta le requiera, a efectos de poder dar cumplimiento
al control del beneficio que se reglamenta.-

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 8 y 13 (vigencia).
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