MODIFICACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BANCO CENTRAL DEL URUGUAY. EJERCICIO 2004




Promulgación: 21/10/2004
Publicación: 27/10/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2004
  •    Página: 955
VISTO: La gestión iniciada por el Banco Central del Uruguay para ampliar 
su Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del 
Banco Central del Uruguay correspondiente al ejercicio 2004;

RESULTANDO: I) Que por Decreto No. 453/003 de 30 de octubre de 2003 el 
Poder Ejecutivo aprobó el Presupuesto Operativo, de Operaciones 
Financieras y de Inversiones del Banco Central del Uruguay 
correspondiente al Ejercicio 2004, a precios promedio del período enero - 
abril 2003 y que posteriormente fuera adecuado a precios promedio del 
período enero - junio 2004.

II) Que el Banco Central solicita ampliación de su Presupuesto a efectos 
de atender la incorporación, por la vía de redistribución, de 
funcionarios del Banco Hipotecario del Uruguay, aplicación de la facultad 
conferida por el Art. 50 del Decreto No. 435/003 y reestructura 
organizacional para la creación de 54 cargos a ser financiados por el 
Fondo de Contrataciones Ley 17.556 de 15 de setiembre de 2002.

III) Que la ampliación solicitada asciende a $ 36:870.789 (treinta y seis 
millones ochocientos setenta mil setecientos ochenta y nueve pesos 
uruguayos) los cuales se desglosan en $ 25:898.058 para el Rubro 0 
"Retribuciones de servicios personales", $ 8:975.456 para el Rubro 1 
"Cargas legales sobre servicios personales" y $ 1:997.275 para el Rubro 7 
"Subsidios y otras transferencias".

CONSIDERANDO: I) Que es necesario realizar una modificación presupuestal 
que autorice el financiamiento de la referida ampliación.

II) Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe y 
el Tribunal de Cuentas su dictamen;

ATENTO: A lo expuesto precedentemente,

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA                                  

Artículo 1

 Sustitúyanse las partidas presupuestales del Presupuesto Operativo, de 
Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco Central del Uruguay, a 
regir desde el primero de enero de 2004, de acuerdo con el siguiente 
detalle:
                                                   $               $
I -   INGRESOS                                               2:952.678.837
1.    Intereses                               595:029.849
2.    Utilidades de Cambio                    759:915.632
3.    Comisiones                              104:152.831
4.    Otros Ingresos                        1.493:580.525

II -  PRESUPUESTO OPERATIVO                                  1.024:431.705

RUBRO               DENOMINACION                   $                $
0          RETRIBUCION SERV. PERSONALES                        492:471.783
011311     Sueldos básicos carg. presup.      274:729.924
           Directores                           1:292.496
011312     Increm. Mayor Horario Perman.       48.335.504
011313     Dedicación Total                    50:968.896
011315     Diferencia por Subrogación           1.153.536
011316     Prima por Antigüedad                 9:961.636
019311     Sueldo Anual Complementario         34:524.944
019312     Aportes pers. s/ aguinaldo          18:590.356
021321     Sueldos Básicos pers. contrat.         150.480
021322     Increm. Mayor Horario Perman.           25.692
021323     Dedicación Total                        27.084
021326     Prima por Antigüedad                    15.120
029321     Sueldo Anual Complementario             18.204
029322     Aportes pers. s/ aguinaldo               9.804
061301     Por trabajo en horas extra           8:253.040
061303     Por Prima a la eficiencia           11:262.952
061304     Por funciones dist. al cargo         3:034.932
061305     Comp. por horarios especiales          969.120
061308     Comp. por dif. sal. func. redist.      646.080
061309     Comp. pers. por Reest. -Presup.      4:264.128
061311     Otras comp. adic. (nueva estr.)      1:004.277 
061312     Adel. a cuenta (Retr. reestr.)         220.956
062311     Gastos de Representación               444.816
062313     Otras comp. adic. (estr. anter.)       271.356
076        Fdo. contrat. Ley No. 17556         15:923.670
077        Quebranto de Caja                    2:971.968
078        Ley 16095 Art. 42                    1:001.460
079        Subsido Ex Directores                2:399.352
1        CARGAS LEGALES S/ SERV. PERSON.                       155:205.068
111        Aporte patron. sist. seg. soc.     150:304.864
133        Impuesto s/ retrib. person.          4:900.204
2        MATERIALES Y SUMINISTROS                               54:926.120
3        SERVICIOS NO PERSONALES                               260:072.956
7        SUBSIDIOS Y OTRAS TRANSFERENCIAS                       54:112.015
735        Otras transf. S. Público               350.724
749        Donaciones Varias                    1:724.256
751        Prima por Matrimonio                    17.388
752        Hogar Constituido                    1:518.832
753        Prima por Nacimiento                    34.776
754        Prestación por Hijo                      3.900
773        Becas trabajo y pasantías              616.368
774        Contrib. por Asist. Médica          40:370.787
791        Tributos Nacionales                  5:562.252
792        Tributos municipales                 3:912.732
9        ASIGNACIONES GLOBALES                                   7:643.763

III - OPERACIONES FINANCIERAS                               21.194:263.425
RUBRO             DENOMINACION                                    $
 8       SERVICIO DE DEUDA Y ANTICIPOS                      21.194:263.424
81         Amortiz. Deuda Interna          16:510:029.020
82         Amortiz. Deuda Externa             381:184.115
83         Ints. Deuda Interna              1:639:365.763
84         Ints. Deuda Externa                769:430.237
85         Dif. cambio y Aj. monet.            88:436.240
89         Otros intereses                  1.805:818.049

IV - PRESUPUESTO DE INVERSIONES                                 45:769.658
RUBRO             DENOMINACION                                    $
4        MAQUINAS, EQUIPOS Y MOBIL. NUEVOS                      36:715.758
6        CONSTRUCC., MEJORAS Y REP. EXTR.                        9:053.900

La apertura por proyecto, fuente de financiamiento y las partidas en 
moneda extranjera se detallan en los cuadros adjuntos, que forman parte 
de este Decreto.
Los Rubros 0 "Retribución de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales 
sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y Otras Transferencias" en lo 
relativo a beneficios sociales, se expresan al nivel salarial vigente a 
partir del primero de enero de 2003.
Las asignaciones correspondientes al componente en moneda extranjera 
están estimadas a la cotiazación de $ 29,70 (veintinueve pesos uruguayos 
con 70/100) por dólar estadounidense. Las restantes partidas en moneda 
nacional están expresadas a precios promedio del período enero - junio de 
2004.

BATLLE - ISAAC ALFIE
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