MODIFICACION DE CARGOS Y CONTRATOS DE FUNCION PUBLICA DE LA CONTADURIA GENERAL DE LA NACION




Promulgación: 21/10/2004
Publicación: 27/10/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2004
  •    Página: 953
VISTO: lo dipuesto por el Decreto Nº 120/000, de 3 de mayo de 2000.-

RESULTANDO: I) que la referida norma aprobó la estructura de cargos y 
contratos de función pública de la Unidad Ejecutora 002 "Contaduría 
General de la Nación" del Inciso 05 "Ministerio de Econonía y Finanzas", 
en el marco de la Reforma del Estado y a efectos de dar cumplimiento a lo 
dispuesto por el Decreto Nº 327/997, de setiembre de 1997 y 
modificativos.-

II) que, de conformidad con las disposiciones vigentes, dicho Decreto 
también definió los perfiles requeridos por los puestos de trabajo 
correpondientes a las Funciones de Alta Especialización y por las 
direcciones de las unidades de los niveles integrantes de la estructura 
organizativa aprobada por el decreto indicado en el numeral anterior.-

III) que, para las Funciones de Alta Especialización asignadas a la 
División Sistemas, de acuerdo con el Decreto Nº 327/997, se definieron 
perfiles específicos a los requerimientos de aquel momento y en la medida 
que van quedando vacantes, resultan inadecuados a las exigencias de 
nuevas herramientas y plataformas informáticas.-

IV) que, en la disciplina informática se producen avances tecnológicos 
sustantivos en breves períodos, que provocan cambios exponenciales en lo 
que refiere a la utilización de servidores, estructuras de 
almacenamiento, bases de datos, redes de comunicación, que traen 
aparejado el uso y conocimiento de herramientas de hardware y de software 
de mayor complejidad requeridas por parte de usuarios finales.-

V) que ello trae como corolario, en lo que refiere a los recursos humanos 
responsables de la implementación de las nuevas tecnologías, una 
constante adecuación que permita acompasar los avances, manteniendo a la 
organización con tecnología de punta y por tanto, una definición estática 
de perfiles de los puestos de trabajos sustantivos, resulta obsoleta en 
muy corto plazo.-

CONSIDERANDO: I) que el anexo al Decreto Nº 327/997, al amparo de lo 
dispuesto por los artículos 709º y siguientes de la Ley Nº 16.736, de 5 
de enero de 1996, prevé un proceso de adecuación de las estructuras de 
puestos de trabajo a reales requerimientos organizacionales.-

II) que el Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado ha entendido que 
las modificaciones propuestas cumplen con los objetivos de 
racionalización perseguidos.-

III) que los cambios que se propician no tienen costo presupuestal.-

IV) que el artículo 7º de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001 
dispone el procedimiento a seguir en lo que refiere a modificaciones de 
estructuras de los Incisos 02 a 15 del Presupuesto Nacional, al cual se 
ha dado cumplimiento.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a las normas citadas.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 Modifícanse los perfiles de las funciones de Alta Especialización 
correspondientes a la División Sistemas, contenidas en el Anexo aprobado 
por el Decreto Nº 120/000, de 3 de mayo de 2000 y que forma parte 
integrante del mismo, como se indica: (*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen (Anexo).
Ver en esta norma, artículo: 2.

Artículo 2

 En las bases del concurso que se disponga para la provisión de las 
Funciones de Alta Especialización que se indican en el artículo anterior, 
se establecerán las exigencias específicas que se requieren en ese 
momento.-

Artículo 3

 Dese cuenta a la Asamblea General.-

Artículo 4

 Comuníquese, publíquese, etc..-

BATLLE - ISAAC ALFIE
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