REGLAMENTACION DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO EN MATERIA DE SEGURIDAD HIGIENE Y SALUD OCUPACIONAL EN EL SECTOR FORESTAL




Promulgación: 26/11/1999
Publicación: 01/12/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1999
  •    Página: 1279
Referencias a toda la norma
VISTO: La necesidad de reglamentar las condiciones de trabajo, en materia
de seguridad, higiene y salud ocupacional en el sector forestal.

CONSIDERANDO: I) El crecimiento y potencial desarrollo del sector
forestal promovido por la Ley Nº 15.939 del 28 de diciembre de 1987;

II) Que la creciente demanda de mano de obra calificada y debidamente
capacitada y los riesgos que esta actividad genera, ameritan el dictado
del presente acto administrativo;

III) Que resulta necesario profesionalizar la actividad forestal y
reglamentar las condiciones de seguridad, higiene y salud ocupacional.

ATENTO: A lo dispuesto por el Decreto - Ley Nº 14.785 del 19 de mayo de
1978 y su Decreto Reglamentario Nº 647/978 del 21 de noviembre de 1978,
la Ley Nº 15.852 del 24 de diciembre de 1986, la Ley Nº 5.032 del 21 de
julio de 1914 y la Ley Nº 15.939 del 28 de diciembre de 1987;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:
Ver: Texto (Reglamentación de las Condiciones de Trabajo en Materia de 
Seguridad Higiene y Salud Ocupacional en el Sector Forestal).

SANGUINETTI - ANA LIA PIÑEYRUA - YAMANDU FAU - RAUL BUSTOS - LUIS BREZZO
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