REGULACION DE CREACION Y FUNCIONAMIENTO DE LAS ESCUELAS PRIVADAS DE ENFERMERIA




Promulgación: 16/12/2014
Publicación: 29/12/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2014
  •    Página: 1152

Artículo 32

   (Vigencia). El presente Decreto entrará en vigencia a partir de los noventa (90) días de adoptado. Los Decretos N° 356/996, 328/998 y 57/2000 de fecha 10 de setiembre de 1996, 10 de noviembre de 1998 y 15 de febrero de 2000 respectivamente, quedarán derogados con la entrada en vigencia del presente decreto. Los mismos serán de aplicación a todas las solicitudes en trámite, a la fecha de entrada en vigencia del presente Decreto y hasta que las solicitudes de habilitación sean resueltas.
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