REGULACION DE CREACION Y FUNCIONAMIENTO DE LAS ESCUELAS PRIVADAS DE ENFERMERIA




Promulgación: 16/12/2014
Publicación: 29/12/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2014
  •    Página: 1152

Artículo 27

   (Exámenes). La convocatoria e integración de Mesas Examinadoras y sondeo al inicio de cada curso sobre conocimientos previos del alumnado deberá contar con autorización previa del Ministerio de Educación y Cultura como responsable de la supervisión y control, el que podrá enviar sus delegados a las instancias que estime conveniente.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 32 (vigencia).
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