APROBACION DE LA RESOLUCION GMC 18/10. REGLAMENTO TECNICO MERCOSUR PARA PRODUCTOS DESINFESTANTES (PLAGUICIDAS) DOMISANITARIOS (DEROGACION DE LA RES. GMC N° 49/99)




Promulgación: 27/01/2015
Publicación: 03/02/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la Resolución GMC N° 18/10 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR;

   RESULTANDO: que por la misma se aprobó, el documento denominado "Reglamento Técnico MERCOSUR para Productos Desinfectantes (Plaguicidas) Domisanitarios (Derogación de la Res. GMC N° 49/99)";

   CONSIDERANDO: I) que los productos domisanitarios deben ser seguros bajo las condiciones normales y previsibles de uso.

   II) que la armonización del registro de los productos domisanitrios, es un mecanismo que contribuye a garantizar la calidad con que llegan al mercado los productos elaborados en la región;

   III) que el Artículo 38° del Protocolo Adicional al Tratado de Asunción sobre la Estructura Institucional del Mercosur - Protocolo de Ouro Preto - aprobado por la Ley N° 16.712 de 1° de setiembre de 1995, establece que los Estados Parte se comprometen a adoptar las medidas necesarias para asegurar en sus respectivos territorios el cumplimiento de las normas emanadas de los órganos del MERCOSUR previstos en el Artículo 2° del referido Protocolo;

   IV) que es necesario proceder de acuerdo al compromiso asumido por la República en el protocolo mencionado, poniendo en vigencia en el derecho positivo nacional las normas emanadas del Grupo Mercado Común referidas en el VISTO;

   V) que el presente proyecto es elevado por el Sector Domisanitarios de la División Evaluación Sanitaria, avalado por la División Normas e Investigación del Ministerio de Salud Pública;

   VI) que la Dirección General de la Salud de dicha Secretaría de Estado, no formula objeciones al respecto;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en la Ley N° 9.202 - Orgánica de Salud Pública - de 12 de enero de 1934 y concordantes;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Adóptase la Resolución GMC N° 18/10 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR, que se adjunta al presente Decreto como Anexo (*) y forma parte integral del mismo, por la cual se aprobó la norma sobre "REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR PARA PRODUCTOS DESINFECTANTES (PLAGUICIDAS) DOMISANITARIOS (DEROGACIÓN DE LA RES. GMC N° 49/99)".(*)

(*)Notas:
Ver: Texto de la Norma Internacional.

Artículo 2

   El organismo encargado de la implementación de la presente Resolución es el Ministerio de Salud Pública.

Artículo 3

   El presente Decreto regirá a partir de su publicación en el Diario Oficial.

Artículo 4

   Comuníquese, publíquese.
   


   JOSÉ MUJICA - SUSANA MUÑIZ - LUIS ALMAGRO - ROBERTO KREIMERMAN
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