REGLAMENTACION DE LA LEY 16.858, REFERENTE AL RIEGO CON DESTINO AGRARIO Y REGULACION DEL APROVECHAMIENTO DE LAS AGUAS DEL DOMINIO PUBLICO




Promulgación: 05/11/2018
Publicación: 12/11/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.858 de 03/09/1997.

Artículo 15

   (Consecuencias) Hasta tanto no se cumpla con lo establecido en los Artículos 13° y 14° antes referidos, estos requerimientos no obstarán el otorgamiento de permisos o concesiones de los proyectos de riego y obras hidráulicas con fines de riego agrario, siguiendo los procedimientos administrativos correspondientes.
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