DONACIONES E INVERSIONES O TECNOLOGIA EN EL INSTITUTO DE INVESTIGACIONES BIOLOGICAS CLEMENTE ESTABLE DE CONTRIBUYENTES DEL IRIC, IRA E IMPUESTO AL PATRIMONIO. REGIMEN DE DEDUCCIONES
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.296 de 21/02/2001 artículo 325.
Artículo 2
El contribuyente deberá presentarse por escrito ante el Consejo
Directivo del Instituto de Investigaciones Biológicas Clemente Estable,
expresando su voluntad de realizar una donación o inversión en efectivo,
al amparo de la norma mencionada. En el caso de que se proponga una
inversión en investigación o tecnología, la nota deberá explicitar las
razones de la misma, la actividad a la que se destinará y el Consejo
Directivo del Instituto resolverá sobre su valor científico y su
pertinencia, así como la participación que le corresponderá a éste en
relación a los derechos de Propiedad Intelectual.-