DONACIONES E INVERSIONES O TECNOLOGIA EN EL INSTITUTO DE INVESTIGACIONES BIOLOGICAS CLEMENTE ESTABLE DE CONTRIBUYENTES DEL IRIC, IRA E IMPUESTO AL PATRIMONIO. REGIMEN DE DEDUCCIONES




Promulgación: 19/09/2001
Publicación: 24/09/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2001
  •    Página: 700
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.296 de 21/02/2001 artículo 325.

Artículo 2

 El contribuyente deberá presentarse por escrito ante el Consejo 
Directivo del Instituto de Investigaciones Biológicas Clemente Estable, 
expresando su voluntad de realizar una donación o inversión en efectivo, 
al amparo de la norma mencionada. En el caso de que se proponga una 
inversión en investigación o tecnología, la nota deberá explicitar las 
razones de la misma, la actividad a la que se destinará y el Consejo 
Directivo del Instituto resolverá sobre su valor científico y su 
pertinencia, así como la participación que le corresponderá a éste en 
relación a los derechos de Propiedad Intelectual.-
Ayuda