REGLAMENTACION DE LA VENTA DE DETERMINADOS ARTICULOS SIN LA PRESENCIA DEL COMPRADOR




Promulgación: 15/07/1991
Publicación: 31/10/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1991
  •    Página: 20
Referencias a toda la norma

MUESTREO E INSPECCION

Artículo 10

a) Local de ensayo. - Las mercaderías Preacondicionadas son generalmente
   verificadas en el fabricante o importador. El ensayo debe ser realizado
   en principio durante el acondicionamiento del producto. El ensayo puede
   igualmente ser efectuado en un almacén o supermercado así como en las
   instalaciones de las autoridades competentes;

b) Realización del ensayo. - El ensayo de mercaderías Preacondicionadas
   consiste en:

   1) Determinar el lote (cantidad);
   2) Sacar la muestra correspondiente al mismo;
   3) Realizar las verificaciones;
   4) Verificar el valor promedio de acuerdo al Artículo 7º a)
   5) Verificar el error en menos permitido de acuerdo al Artículo 9º.

  Extracción de la muestra

a) Se procederá de acuerdo al Anexo adjunto;

b) La Dirección Nacional de Metrología Legal podrá determinar formas
   diferentes de obtener la muestra para casos particulares. 

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen (Anexo).
Ayuda