FIJACION DE COMPENSACION ESPECIAL PARA LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS




Promulgación: 16/07/1985
Publicación: 27/08/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1985
  •    Página: 59

Artículo 2

 El aumento a que se refiere el artículo 1º no integrará el sueldo básico
de los funcionarios y se registrará en un renglón especial.
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