REGLAMENTACION RELATIVA A LA REGULACION, HABILITACION Y FISCALIZACION QUE OFREZCAN SERVICIOS DE CUIDADOS A PERSONAS MAYORES




Promulgación: 07/11/2016
Publicación: 14/11/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.355 de 19/12/2015 artículo 518.
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO XI - INFRACCIONES Y SANCIONES

Artículo 55

   Sanciones pecuniarias. Las sanciones pecuniarias serán aplicables exclusivamente a los establecimientos privados y deberán graduarse, en función de la gravedad de la infracción, entre 1 UR (una Unidad Reajustable) y 50 UR (cincuenta Unidades Reajustables) por cada usuario.
Ayuda