ACTUALIZACION DEL TIMBRE REGISTRO DE TESTAMENTO Y LEGALIZACIONES. ENERO - JUNIO 2016




Promulgación: 28/12/2015
Publicación: 08/01/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: que corresponde al Poder Ejecutivo actualizar los montos del "Timbre Registro de Testamento y Legalizaciones" creado por la Ley N° 17.707 de 10 de noviembre de 2003.

   RESULTANDO: I) que el artículo 21 de la citada Ley, establece que el Poder Ejecutivo actualizará semestralmente su valor, en tanto su actualización se realizará el 1° de enero y el 1° de julio de cada año, en función de la variación del Índice de Precios al Consumo, determinado por el Instituto Nacional de Estadística en los períodos 1° de junio a 30 de noviembre y 1° de diciembre a 31 de mayo respectivamente.

   II) la variación operada por el mencionado Índice en el período comprendido entre el 1° de diciembre de 2014 y el 31 de mayo de 2015 fue del 4,6391% (cuatro con seis mil trescientos noventa y uno por ciento).

   CONSIDERANDO: que corresponde proceder a la actualización del mencionado tributo.

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto,

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Actualízase el valor del Timbre Registro de Testamento y Legalizaciones creado por el artículo 21 de la Ley N° 17.707 de 10 de noviembre de 2003, el que será de $ 1.354,00 (pesos uruguayos mil trescientos cincuenta y cuatro pesos uruguayos) para el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de junio de 2016.

    TABARÉ VÁZQUEZ - DANILO ASTORI
Ayuda