JUNTA ASESORA EN MATERIA ECONOMICO FINANCIERA DEL ESTADO




Promulgación: 12/11/1999
Publicación: 19/11/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1999
  •    Página: 1171
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.060 de 23/12/1998 artículos 4, 10, 11, 12, 
13, 14, 15, 16, 17, 18 y 19.

CAPITULO IV - DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y DEROGACIONES

Artículo 40

 (Derogaciones) Deróganse el numeral 6 del artículo 1º del Decreto
500/985, de 19 de setiembre de 1985, así como el cometido asignado por el
Decreto 380/997, de 10 de octubre de 1997, a la Escribanía de Gobierno y
Hacienda de recibir y custodiar las Declaraciones Juradas Patrimoniales
de los funcionarios públicos.
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