JUNTA ASESORA EN MATERIA ECONOMICO FINANCIERA DEL ESTADO




Promulgación: 12/11/1999
Publicación: 19/11/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1999
  •    Página: 1171
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.060 de 23/12/1998 artículos 4, 10, 11, 12, 
13, 14, 15, 16, 17, 18 y 19.

CAPITULO II - DE SUS COMETIDOS Y FACULTADES

Artículo 21

 Los actos, documentos y demás elementos relativos a la función pública
que la autoridad de la repartición correspondiente haya declarado, en
virtud de ley o resolución fundada, que deban permanecer reservados o
secretos, quedarán excluidos del cumplimiento de la obligación legal de
suministrar a la Junta Asesora la documentación que ésta le recabe, salvo
decisión expresa del juez penal competente. En todo caso, bajo la
responsabilidad a que hubiere lugar por derecho..
Referencias al artículo
Ayuda