JUNTA ASESORA EN MATERIA ECONOMICO FINANCIERA DEL ESTADO




Promulgación: 12/11/1999
Publicación: 19/11/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1999
  •    Página: 1171
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.060 de 23/12/1998 artículos 4, 10, 11, 12, 
13, 14, 15, 16, 17, 18 y 19.

CAPITULO II - DE SUS COMETIDOS Y FACULTADES

Artículo 15

 En el caso que las denuncias presentadas ante la Junta Asesora fueren
exclusivamente por las irregularidades previstas en los artículos 15 y 17
de la Ley Nº 17.060, procederá a sustanciar su conocimiento. Las
denuncias por otras irregularidades administrativas ameritarán la
intervención de la Junta Asesora sólo cuando así lo disponga la autoridad
judicial penal.
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