REGLAMENTACION DE LA ACTIVIDAD DE LOS GUIAS COMO PRESTADORES DE SERVICIOS TURISTICOS. PRORROGA DE INFORME DE COMISION ESPECIAL




Promulgación: 26/11/2010
Publicación: 06/12/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 1305
VISTO: El Decreto N° 220/009 de fecha 11 de mayo de 2009, que reglamenta
la actividad de Guías de Turismo como prestadores de Servicios Turísticos.

RESULTANDO: Que en los artículos 5° y 6° del citado Decreto se fijaron
determinados plazos para la inscripción para Guías de Turismo y para la
presentación del trabajo final de la Comisión Interinstitucional por el
mismo.

CONSIDERANDO: Que dichos plazos no han resultado suficientes para el
cumplimiento de las actividades previstas.

ATENTO: A lo expresado y a lo que dispone el artículo 12 del Decreto Ley
N° 14.335 de fecha 23 de diciembre de 1974 y el artículo 84 de la Ley N°
15.851, de fecha 24 de diciembre de 1986.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Prorrógase el plazo previsto en el artículo 5° del Decreto 220/009,
fijándose un nuevo plazo de cuatro meses a partir de la vigencia del
presente Decreto.

Artículo 2

 Prorrógase el plazo previsto en el artículo 6° del precitado Decreto por
un nuevo período de 90 días a partir de la vigencia del presente Decreto.

Artículo 3

 Este decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su
publicación en el Diario Oficial.

Artículo 4

 Comuníquese, publíquese, etc.

JOSE MUJICA - HECTOR LESCANO - FERNANDO LORENZO - RICARDO EHRLICH
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