MODIFICACION DEL ART. 3 DEL DECRETO 1.008/975, RELATIVO A LA FUSION DE DEPENDENCIAS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS




Promulgación: 17/06/1976
Publicación: 24/06/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1976
  •    Página: 1277
 Visto: el decreto 1.085/975 de fecha 29 de diciembre de 1975 por el cual
se dispone la fusión de los Programas 1.04 "Dirección Nacional de
Tránsito" y 1.09 "Dirección Nacional de Transporte" del Inciso 10 -
Ministerio de Transporte y Obras Públicas.

 Resultando: I) Que por el artículo 2º del decreto de referencia se crea
el Programa 1.09 "Planificación de la Política de Transporte" cuya Unidad
Ejecutora será la Dirección Nacional de Transporte la cual "tendrá los
cometidos asignados hasta el presente a las Direcciones Nacionales de
Tránsito y de Transporte";

II) Que asimismo por el artículo 3º del decreto mencionado se dispone que
la Dirección Nacional de Tránsito "seguirá desempeñando en forma
transitoria sus funciones manteniéndose la actual intervención hasta tanto
sea aprobado el proyecto de reestructura y racionalización administrativa
de la Unidad Ejecutoria Dirección Nacional de Transporte, actualmente en
trámite".

 Considerando: I) Que habiéndose efectivizado la función de los Programas
1.04 y 1.0 -en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 248º de la ley
14.416 de 28 de agosto de 1975- resulta innecesario e inconveniente para
el normal desenvolvimiento de los cometidos asignados a la nueva Unidad
Ejecutora que la Dirección Nacional de Tránsito continuará intervenida por
cuyo motivo, por resolución ministerial de fecha 12 de mayo de 1976, se
dejó sin efecto la intervención dispuesta oportunamente;

II) Que en consecuencia procede modificar el artículo 3º del decreto a que
se hace referencia en el Visto de la presente resolución, adecuándolo a
las circunstancias actuales,

                  El Presidente de la República

                             DECRETA:

Artículo 1

(*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 1.008/975 de 29/12/1975 
artículo 3.

DEMICHELI - EDUARDO CRISPO AYALA - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS
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