FIJACION DE LA TASA DE PROMOCION Y CONTROL VITIVINICOLA. ABRIL 2003




Promulgación: 19/08/2003
Publicación: 26/08/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2003
  •    Página: 375
VISTO: el Art. 1º de la ley Nº 16.757, de 26 de junio de 1996, sustituido 
por el artículo único de la ley Nº 17.458, de fecha 8 de marzo de 2002;

RESULTANDO: 
I) la ley Nº 17.458, de fecha 8 de marzo de 2002, faculta al Poder 
Ejecutivo a iniciativa del Instituto Nacional de Vitivinicultura (INAVI) 
a incrementar la Tasa de Promoción y Control Vitivinícola que gravará la 
expedición de las boletas de circulación y calidad de vinos nacionales e 
importados, cuando el envase en que esté contenido el vino no exceda de 
un litro de capacidad, asimismo, autoriza a ajustar dicho incremento en 
forma anual;

II) dicho incremento será destinado a la promoción de la calidad de los 
vinos y el control de su circulación en la forma y condiciones que 
determine el Poder Ejecutivo a propuesta del Instituto Nacional de 
Vitivinicultura (INAVI);

III) en el ámbito de la promoción se han desarrollado diversas campañas 
publicitarias a nivel nacional e internacional y actividades técnicas de 
extensión Programa de Reconversión Vitivinícola, sector productivo 
industrial las cuales incluso deberán ser profundizadas en el futuro, 
extremos que obligan a incrementar la tasa en cuestión en un porcentaje 
acorde con las funciones de promoción que deben cumplirse;

CONSIDERANDO: necesario ajustar el valor de la referida tasa que grava 
las boletas de circulación y calidad de los vinos nacionales e 
importados, cuando el envase en que esté contenido el mismo no exceda de 
un litro de capacidad;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto,

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                DECRETA:                                  

Artículo 1

 Fíjase, a partir del 1º de abril de 2003, el ajuste del monto de la Tasa 
de Promoción y Control Vitivinícola en $ 2,95 (pesos uruguayos dos con 
noventa y cinco centésimos) por litro de vino, cuando el envase en que 
esté contenido el mismo no exceda de un litro de capacidad.

Artículo 2

 Comuníquese, publíquese, etc.

BATLLE - MARTIN AGUIRREZABALA


Ayuda