MODIFICACION DE LOS ARTS. 15 DEL DECRETO 355/011, 37 DEL DECRETO 148/007 Y 33 DEL DECRETO 149/007, RELATIVOS A LA EXONERACION DE TRIBUTOS




Promulgación: 14/12/2020
Publicación: 21/12/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la Ley N° 18.795, de 17 de agosto de 2011, y el Decreto N° 355/011, de 6 de octubre de 2011.

   RESULTANDO: I) que la Ley mencionada declara de interés nacional la mejora de las condiciones de acceso a la vivienda, y prevé el otorgamiento de beneficios tributarios a los proyectos que se declaren promovidos;

   II) que el Decreto N° 355/011, de 6 de octubre de 2011, reglamenta aspectos vinculados a dichos proyectos y al otorgamiento de los referidos beneficios;

   III) que en determinados casos los beneficios están sujetos a elementos particulares de cada proyecto, tales como la finalización de la obra o la zona en la cual se localizan las viviendas;

   CONSIDERANDO: que es conveniente establecer disposiciones que otorguen certeza a los responsables designados en aquellos casos en los cuales se dispensa la retención;

   ATENTO: a lo expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

  (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 355/011 de 06/10/2011 
artículo 15.

   LACALLE POU LUIS - AZUCENA ARBELECHE
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