REGLAMENTACION DE LA LEY DE MARCAS




Promulgación: 03/02/1999
Publicación: 09/02/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1999
  •    Página: 232
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.011 de 25/09/1998.
Referencias a toda la norma

CAPITULO VI - DEL REGISTRO DE EMBARGOS Y PROHIBICIONES DE INNOVAR

Artículo 59

 En el Registro de Embargos y Prohibiciones de Innovar, se inscribirán:
1º) Los embargos específicos y prohibiciones de innovar que dispongan los
    jueces, siempre que tengan relación con marcas registradas o
    solicitudes marcarias.
2º) Las cancelaciones de inscripción de las medidas dispuestas. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 60.
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