EXCEPCION DE CUMPLIMIENTO DE NORMAS SOBRE PROMOCION DE FUNCIONARIOS SUBALTERNOS, EN EL SERVICIO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES




Promulgación: 15/06/1976
Publicación: 21/06/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1976
  •    Página: 1263
   Visto: la gestión promovida por el Servicio de Retiros y Pensiones
Militares para que se el exceptúe del cumplimiento del artículo 13 del
decreto 24.817 de fecha 25 de enero de 1968.

   Resultando: I) Que por la citada norma reglamentaria se establecen los
tiempos mínimos de permanencia en el grado para el Personal Subalterno que
accedió a esa categoría por efecto del artículo 53 de la ley 13.640 del 26
de diciembre de 1967;

   II) Que por la Ley Orgánica Militar 14.157 del 21 de febrero de 1974 se
creó el Servicio citado que de este modo vino a sustituir a lo que era
antes Caja de Retirados y Pensionistas Militares cuyo personal tuvo
también la opción dispuesta por el artículo 53 de la ley 13.640 mencionada
y su decreto reglamentario 24.817 también citado en el visto.

   Considerando: que por lo expuesto en los Resultandos I) y II)
anteriores en el actual Servicio de Retiros y Pensiones Militares como
consecuencia de los mecanismos de transformación que sobre él se han
operado, tanto en materia de Administración de Personal como en lo que
concierne a su Organización General, existen actualmente cargos vacantes
en diferentes grados del escalafón de Personal Subalterno lo que sin duda
trastorna su normal funcionamiento.

   Atento: a que por la iniciativa presentada se corrigen las deficiencias
escalafonarias anotadas,

                       El Presidente de la República

                                  DECRETA:

Artículo 1

   Exceptúase al Servicio de Retiros y Pensiones Militares del
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 13º del decreto 24.817
(decreto 75/968) del 25 de enero de 1968, facultándoselo a efectuar los
ascensos necesarios para llenar las vacantes disponibles a al fecha en su
escalafón de Personal Subalterno, desde el 1º de enero de 1976.

Artículo 2

Comuníquese, publíquese y archívese.

DEMICHELI - WALTER RAVENNA
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