El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: que en el día de la fecha ha fallecido el doctor Jorge Batlle Ibañez, Presidente de la República durante el período 2000-2005;
RESULTANDO: I) que el citado ciudadano, primer presidente uruguayo del siglo XXI, fue además elegido representante nacional y senador de la República en varios períodos de gobierno;
II) que tanto en el ejercicio de los cargos públicos en los que se desempeñó, así como en su vida política en general, fue defensor de los valores democráticos y tuvo una intensa y comprometida labor a favor del país;
CONSIDERANDO: que corresponde determinar la forma en que la República Oriental del Uruguay acompañará el duelo provocado por el referido fallecimiento;
ATENTO: a lo establecido en el numeral 1° del artículo 1° del Decreto-Ley N° 14.458 de 11 de noviembre de 1975;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Tribútense honores fúnebres de Presidente de la República a sus restos mortales, que serán velados en el Salón de los Pasos Perdidos del Palacio Legislativo.
La bandera nacional permanecerá a media asta el día indicado en el artículo primero, en todos los edificios públicos, Embajadas de la República en el exterior, cuarteles, fortalezas, bases aéreas y buques de guerra.