PROPAGANDA AUDIOVISUAL. TRANSPORTE COLECTIVO NACIONAL




Promulgación: 20/10/1999
Publicación: 28/10/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1999
  •    Página: 1043

Artículo 2

 Prohíbese que la propaganda audiovisual autorizada por el artículo
anterior contenga información proselitista, reñida con las buenas
costumbres o que pueda afectar la sensibilidad del usuario, así como
competencia desleal con otras empresas transportistas.
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