APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BROU. EJERCICIO 2014




Promulgación: 21/10/2013
Publicación: 25/10/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 1466
Referencias a toda la norma

Artículo 103

 A partir del 1° de enero de 2014, los funcionarios podrán acceder cada
año a un escalón adicional de la escala correspondiente siempre que:

a.     el escalón de la escala patrón única de cobro resultante no haya
superado el escalón inmediato anterior al cargo inmediato superior;
b.     la calificación de desempeño supere el mínimo habilitante que
establezca la reglamentación.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 107.
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