DEROGACION DEL REGIMEN EN MATERIA DE IMPRESOS DE INTERES GENERAL. SERVICIOS POSTALES




Promulgación: 14/08/2003
Publicación: 20/08/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2003
  •    Página: 361
VISTO: Los cometidos de la Unidad Reguladora de Servicios de 
Comunicaciones -URSEC- en materia de servicios postales, establecidos en 
el artículo 90 de la Ley No. 17.296 de 23 de febrero de 2001 y el 
artículo 9º de su Decreto Reglamentario No. 212/001 de 15 de junio de 
2001.

RESULTANDO: La creación de reglas claras de actuación para todos los 
integrantes del sector es principio de buena administración.

CONSIDERANDO: A esos efectos se hace necesario revisar la normativa 
postal vigente, especialmente la que surge de los Decretos de 16 de enero 
de 1951 y 18 de setiembre de 1956, relativos a impresos de interés 
general.

ATENTO: A lo expuesto, 

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 DEROGASE el régimen establecido en los Decretos de 16 de enero de 1951 y 
18 de setiembre de 1956, en materia de impresos de interés general, con 
excepción de los libros, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 14 de 
la Ley No. 15.913 de 27 de noviembre de 1987.

Artículo 2

 COMUNIQUESE, publíquese, etc.

HIERRO LOPEZ - LEONARDO GUZMAN


Ayuda