Viáticos. Los gastos que en razón de sus cometidos, deban realizar
los funcionarios fuera de la localidad donde normalmente prestan
servicios, serán compensados con un viático que se regulará de acuerdo a
las disposiciones reglamentarias establecidas por la Resolución de
Directorio 1500/81 del 15 de junio de 1981 y sus modificativas y
concordantes.