IV CENSO ECONOMICO NACIONAL




Promulgación: 09/09/1997
Publicación: 18/09/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1997
  •    Página: 626

Artículo 6

   Toda persona física o jurídica, comprendida en el artículo 1º del
presente Decreto, estará obligada a proporcionar los datos solicitados por
el Instituto Nacional de Estadística, de acuerdo a los dispuesto por el
artículo 14 de la Ley 16.616 del 20 de octubre de 1994. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 7.
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