IV CENSO ECONOMICO NACIONAL




Promulgación: 09/09/1997
Publicación: 18/09/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1997
  •    Página: 626

Artículo 5

   Las dependencias del Poder Ejecutivo están obligadas a prestar su
colaboración, toda vez que ésta les sea solicitada por el Instituto
Nacional de Estadística, así como facilitar los recursos del personal
necesario para el cumplimiento de las tareas encomendadas en el marco del
presente Decreto. Con el mismo fin, se exhorta a los Entes Autónomos,
Servicios Descentralizados y Gobiernos Departamentales a cooperar con el
Instituto Nacional de Estadística.
Ayuda