Visto: lo dispuesto por el artículo 67º de la ley 14.189 de 30 de abril
de 1974.
Resultando: I) Que en función de lo preceptuado por el decreto 454/974 de
6 de junio de 1974, fue creado el Grupo de Trabajo cuyo cometido es el
estudio y pronunciamiento sobre los proyectos de reestructuración y
racionalización administrativa de los Programas Presupuestales;
II) Que la Comisión Nacional de Educación Física, programa 11.15, envió en
plazo el proyecto de reestructura de sus Programas, produciendo su informe
el Grupo de Trabajo, el que fue elevado al Director de la Oficina Nacional
del Servicio Civil y al Contador General de la Nación, quienes aconsejan
su aprobación por parte del Poder Ejecutivo.
Considerando: I) Que la reestructura propuesta por la Comisión Nacional de
Educación Física propende a una racionalización de los servicios que
ejecutan los cometidos correspondientes a la Unidad Ejecutora,
cumpliéndose así con la norma objetiva -en su letra y en su espíritu-
representada por el citado artículo 67º;
II) Que el citado proyecto no produce lesión de derechos funcionales, ni
provoca aumentos en las retribuciones de los cargos correspondientes a los
actuales escalafones;
III) Que la partida utilizada no supera el cinco por ciento de las
dotaciones presupuestales asignadas al Rubro 0 del Programa 11.15,
El Presidente de la República
DECRETA:
Apruébase la reestructura presupestal y racionalización administrativa de
los servicios de la Unidad Ejecutora Comisión Nacional de Educación Física
(Programa 11.15) que se encuentran glosados en estos antecedentes.
Los cargos presupuestales de la referida Unidad Ejecutora pasarán a ser
los siguientes:
Nº de
cargos Denominación Escalafón Grado
1 Coordinador General Ejecutivo......... ---- --
1 Abogado Director Departamento......... AaA 5
1 Abogado Subdirector Depto............. AaA 4
1 Director División Contaduría.......... AaA E1
1 Subdirector División Contaduría....... AaA 6
1 Director División Medicina............ AaA E1
1 Subdirector División Medicina......... AaA 6
5 Director Departamento División Medicina AaA 5
1 Director Técnico Laboratorio Químico
Industrial............................ AaA 3
1 Director Técnico Laboratorio Químico
Farmacéutico.......................... AaA 3
1 Supervisor Servicios Odontológicos.... AaA 3
1 Jefe Odontólogo....................... AaA 2
1 Odontólogo............................ AaA 1
1 Director División Arquitectura........ AaA E1
1 Subdirector División Arquitectura..... AaA 6
2 Director Departamento División
Arquitectura.......................... AaA 5
2 Director Departamento División
Contaduría............................ AaA 5
1 Jefe de Estadística e Información
de la División Medicina............... AaB 5
3 Técnico Radiología.................... AaB 5
1 Ayudante Laboratorio Químico
Industrial............................ AaB 2
1 Ayudante Laboratorio Químico
Farmacéutico.......................... AaB 2
1 Jefe Sección Antropometría............ AaB 3
1 Técnico Antropométrico................ AaB 2
2 Jefe Sección División Arquitectura.... AaB 3
1 Jefe Biblioteca....................... AaB 3
1 Bibliotecario......................... AaB 2
1 Director División Administración...... Ab E2
1 Director División Secretaría Consejo.. Ab E2
1 Subdirector División Administración... Ab E1
1 Director Dirección de Comisiones,
División Secretaría de Consejo........ Ab 10
6 Director Departamento División
Administración........................ Ab 10
1 Subdirector Departamento División
Administración........................ Ab 9
5 Jefe de 1ª............................ Ab 7
7 Jefe de 2ª............................ Ab 6
9 Oficial 1º............................ Ab 5
14 Oficial 2ª............................ Ab 4
22 Oficial 3º............................ Ab 4
2 Oficial 4ª............................ Ab 3
4 Auxiliar 1º........................... Ab 3
7 Auxiliar 2º........................... Ab 2
7 Auxiliar 3º........................... Ab 2
36 Auxiliar 4º........................... Ab 1
1 Jefe Sección Fotografía............... Ac 9
1 Analista Administración de Personal... Ac 9
1 Analista Administración de Personal... Contrato
1 Director Departamento de Imprenta..... Contrato
1 Encargado Sección Vacunaciones........ Ac 6
2 Ayudante de Arquitecto................ Ac 6
2 Dibujante............................. Ac 5
1 Director Departamento Talleres........ Ac 11
1 Subdirector Depto. Talleres........... Ac 10
3 Jefe Sección.......................... Ac 9
3 Subjefe Sección....................... Ac 8
14 Jefe de Sector........................ Ac 7
19 Subjefe Sector........................ Ac 6
19 Oficial de Talleres................... Ac 5
17 Medio Oficial de Talleres............. Ac 4
1 Conductor............................. Ac 5
1 Director Depto. Intendencia........... Ad E2
2 Jefe.................................. Ad E1
4 Intendente............................ Ad 7
10 Subintendente......................... Ad 6
18 Auxiliar Servicio 1ª Categoría........ Ad 5
19 Auxiliar Servicio 2ª Categoría........ Ad 4
29 Auxiliar Servicio 3ª Categoría........ Ad 3
37 Auxiliar Servicio 4ª Categoría........ Ad 2
95 Auxiliar Servicio 5ª Categoría........ Ad 1
1 Director Depto. de Planificación...... Be
1 Director Depto. de Relaciones Públicas Be
1 Director División Docente............. Be
1 Subdirector División Docente.......... Be
5 Director Depto. División Docente...... Be
1 Inspector General..................... Be
5 Subdirector Departamento.............. Be
15 Inspector Regional.................... Be
40 Director de Servicios Educación Física
Recreación y Deportes................. Be
120 Jefes de Dependencias................. Be
461 Profesor de Educación Física.......... Be
1 Director Dpto. Formación Profesional.. Be
1 Jefe Estudio Departamento Formación
Profesional........................... Be
1 Director Curso de Profesores.......... Be
1 Director Cursos Varios................ Be
1 Director Sección Promoción y
Tecnificación......................... Be
1 Jefe Supervisor........................ Be
11 Encargados Actividades Deportivas..... Be
26 Auxiliar Docente 1ª Categoría......... Be
33 Auxiliar Docente 2ª Categoría......... Be
41 Auxiliar Docente 3ª Categoría......... Be
50 Auxiliar Docente 4ª Categoría......... Be
La equiparación del personal docente de la Comisión Nacional de Educación
Física, con su similar del Consejo Nacional de Educación Primaria, será
la siguiente:
Denominación del cargo en Equiparado al cargo del
la Comisión Nacional de Consejo Nacional de
Educación Física Grado Educación Primaria
Director División Docente... 19 Maestro Inspector Técnico
Subdirector División Docente 18 Maestro Subinspector Técnico
Director de Departamento.... 17 Maestro Inspector Regional
Inspector General........... 17 Maestro Inspector Regional
Subdirector Dpto............ 16 Maestro Inspector Nacional
Práctica Docente
Jefe Estudio Formación
Profesional................. 16 Maestro Inspector Nacional
Práctica Docente
Inspector Regional.......... 15 Maestro Inspector
Departamental
Director Curso Profesores
y Cursos Varios............. 15 Maestro Inspector
Departamental
Jefe Sección Promoción
y Tecnificación............. 15 Maestro Inspector
Departamental
Director Servicios Educación
Física, Recreación y Deportes 14 Maestro Director
Escuela Práctica
Jefatura de Dependencia..... 10 Maestro Director Escuela
2º Grado
Profesor de Educación Física 8 Maestro Subdirector Escuela
2º Grado
Jefe Supervisor............. 10 Maestro Director Colonia de
Vacaciones
Auxiliar Docente 1ª
Categoría................... 3 Maestro Colonia de
Vacaciones
Auxiliar Docente 2ª
Categoría................... 2 Maestro 1er. Grado de
Práctica
Auxiliar Docente 3ª
Categoría................... 1 Maestro 1er. Grado
Auxiliar Docente 4ª
Categoría................... 21 Profesor Asignatura
Especial.
Establécense los requisitos para el desempeño de la función de
Coordinador General Ejecutivo:
I) Poseer capacitación documentada en Administración (Título
Universitario, Diploma o Certificación de Cursos realizados), ser
funcionario con jerarquía de Dirección a nivel de División o
Departamento; debiendo poseer pleno conocimiento de los objetivos
del Organismo en el área de la Educación Física, la Recreación y
de los Deportes.
II) Su provisión será mediante designación directa de la Comisión
Nacional de Educación Física, una vez examinada la documentación
pertinente, siendo en todos los casos revocable por cada Consejo
Directivo en atención a las necesidades de la función y a las
aptitudes que establezca en el desempeño de su labor.
III) La Comisión Nacional de Educación Física efectuará la elección de
la persona para el desempeño de la función de Coordinador General
Ejecutivo entre los funcionarios de carrera de los escalafones
Técnico - Profesional, Administrativo, Especializado o Docente.
IV) El funcionario designado percibirá por el período comprendido en
el desempeño de la función, una remuneración del 45% (cuarenta y
cinco por ciento) de su sueldo base, en atención a las tareas
específicas que se le asignen.
V) haber aprobado el Curso de Administradores Superiores que organice
y oriente la Oficina Nacional del Servicio Civil.
VI) El funcionario que cese en el desempeño de la función de Coordinador
General Ejecutivo, sin expresión de causa, será restablecido en la
situación que ocupaba o tenía derecho a ocupar, en el momento de
asumirlo, y el derecho al ascenso, mientras lo desempeña.
Establécense los requisitos para ocupar el cargo de Director de
Departamento de Relaciones Públicas:
I) Se requerirá poseer capacitación documentada en la materia (Título
Universitario, Diploma o Certificado de Cursos realizados). Ser
funcionario del Organismo y tener pleno conocimiento del área de la
Educación Física, la Recreación y los Deportes.
II) Su provisión se hará mediante concurso de méritos y oposición entre
los funcionarios que acrediten poseer la capacitación exigida para
ocupar el cargo.
III) Haber aprobado el Curso de Administraciones Superiores que organice
y oriente la Oficina Nacional del Servicio Civil.
IV) Tendrán acceso a participar en los concursos para proveer el cargo
de Director de Departamento de Relaciones Públicas los funcionarios
de Carrera de los Escalafones Técnico - Profesional, Administrativo y
Docente.
Establécense los requisitos para ocupar el cargo de Directo del
Departamento de Planificación:
I) Se requerirá poseer capacitación documentada en Administración
(Título Universitario, Diploma o Certificación de Cursos realizados)
ser funcionario del Organismo y tener pleno conocimiento del área
de la Educación Física, la Recreación y los Deportes.
II) Su provisión se hará mediante concurso de méritos y oposición entre
los funcionarios que acrediten poseer la capacitación exigida
para el desempeño del cargo.
III) Haber aprobado el Curso de Administradores Superiores que organice
y oriente la Oficina Nacional del Servicio Civil.
IV) Tendrán acceso a los concursos para proveer el cargo de Directores
del Departamento de Planificación los funcionarios de carrera de los
escalafones Técnico - Profesional, Administrativo, Especializado y
Docente.
La aplicación de lo dispuesto precedentemente no puede significar
disminución de las actuales remuneraciones de los funcionarios de la
Comisión Nacional de Educación Física.
La estructura proyectada de la Comisión Nacional de Educación Física, se
compone de:
1) Consejo Directivo, de quien dependen en la línea asesora las Unidades
de Asesoría Letrada y Relaciones Públicas; en área de apoyo la
División Secretaría de Consejo; en área sustantiva las Divisiones
Administración, Contaduría, Medicina, Arquitectura y Docente y los
Departamentos de Talleres y Formación Profesional, las que serán
coordinadas, supervisadas y controladas por el Coordinador General
Ejecutivo, que estará asistido por el Departamento de Planificación
y la Junta de Directores.
2) A la División Secretaría de Consejo, le está subordinado el
Departamento de Comisiones.
3) A la División Administración le están subordinados los Departamentos
de Personal, que contiene las Secciones Concursos, Contralor
Disciplinario - Selección y Asistencia y Legajos, Tesorería,
Reguladora de Trámite, conteniendo las Secciones de Registro y
Orientación, Distribución y Expedición y Archivo, Abastecimientos,
con la Sección Almacenes, Intendencia, con las Secciones de Porteros,
Serenos, Limpieza y Mantenimiento e Imprenta.
4) La División Contaduría estará integrada por los Departamentos de
Liquidación, Contable y de Adquisiciones.
5) La División Medicina está integrada por los Departamentos de Aptitud
Deportiva, que contiene las Secciones Antropométrica, Odontología,
Vacunaciones, Laboratorio Farmacéutico y Radiología, Control de
Entrenamiento, Orientación Deportiva, Certificaciones y Control de
Dopaje, con la Sección Laboratorio Industrial.
6) La División Arquitectura está compuesta por los Departamentos
Proyectos y Obras e Instalaciones Mecánicas.
7) La División Docente tiene subordinados a los Departamentos de
Recreación, Liceal y Universitario, Escolar, Deportes, Servicios
Especiales y la Inspección General.
8) El Departamento de Talleres estará integrado por las Secciones
Contralor, Producción Industrial y Reparaciones.
9) El Departamento de Formación Profesional lo componen las Secciones
denominadas Curso de Profesores, Cursos Varios (Entrenadores
Deportivos, Salvavidas, Jueces, etc.) y Promoción y Tecnificación.
La presente reestructura tendrá vigencia al día inmediato siguiente a la
aprobación expresa o tácita por el Consejo de Estado, debiendo efectuarse
las promociones, transformaciones y designaciones a que ella obligue.
La planilla de cargos que forma parte de esta reestructura, está ajustada
al padrón de sueldos de diciembre de 1974, no debiendo tenerse en cuenta
para su puesta en práctica, las incorporaciones del personal del
Frigorífico Nacional u otras que se hubieren efectuado.
Dentro de los 90 días de publicado el presente decreto, la Unidad
Ejecutora deberá presentar el nuevo Reglamento Orgánico Funcional de
sus dependencias.