REGLAMENTACION DE LA LEY 19.017, SOBRE EL ACUERDO DE MEDIDAS DEL ESTADO RECTOR DEL PUERTO DESTINADAS A PREVENIR, DESALENTAR Y ELIMINAR LA PESCA ILEGAL, NO DECLARADA Y NO REGLAMENTADA




Promulgación: 13/11/2017
Publicación: 22/11/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.017 de 30/11/2012.

CAPÍTULO I - ÁMBITO DE APLICACIÓN

Artículo 2

   La Dirección Nacional de Recursos Acuáticos (DINARA) del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP) tendrá a su cargo el control y cumplimiento de la citada Ley y normas concordantes, así como la adopción de medidas pertinentes a su aplicación.
   También será el organismo responsable de coordinar dichas medidas con las Autoridades Nacionales, el o los Estados de Bandera que corresponda, Organizaciones Regionales de Ordenación Pesquera (OROP) y demás Organismos pertinentes, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores (MRREE).
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