REGLAMENTACION DE LA LEY 19.017, SOBRE EL ACUERDO DE MEDIDAS DEL ESTADO RECTOR DEL PUERTO DESTINADAS A PREVENIR, DESALENTAR Y ELIMINAR LA PESCA ILEGAL, NO DECLARADA Y NO REGLAMENTADA




Promulgación: 13/11/2017
Publicación: 22/11/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.017 de 30/11/2012.

CAPÍTULO IV - AUTORIZACIÓN O DENEGACIÓN DE ENTRADA AL PUERTO

Artículo 15

   En caso de que una embarcación no cumpla con las condiciones de entrada a puerto, la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos comunicará su decisión a las Autoridades nacionales correspondientes, al Estado de pabellón del buque y según proceda y en la medida de lo posible a los Estados ribereños interesados y otros organismos nacionales e internacionales pertinentes.
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