APROBACION DE TARIFAS DE LA DIRECCION SERVICIO AEREO DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA. SERVICIOS DE FUMIGACION, FERTILIZACION, SIEMBRA Y TRANSPORTE




Promulgación: 17/04/1975
Publicación: 06/05/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1975
  •    Página: 851
Derogada/o por: Decreto Nº 214/976 Derogada/o de 22/04/1976 artículo 2.
                           AÑO DE LA ORIENTALIDAD

    Visto: la precedente gestión de la Dirección Servicio Aéreo del
Ministerio de Agricultura y Pesca, proponiendo las tarifas a regir por la
prestación del servicio aéreo a su cargo.

    Resultando: I) El artículo 18º del decreto de 19 de julio de 1962,
reglamentario del mencionado Servicio, establece: "La prestación del
Servicio Aéreo, en funciones de fumigación, espolvoreo y transporte,
estará sujeta al pago de las tasas que fijará periódicamente el Poder
Ejecutivo, previo asesoramiento del mencionado servicio";

    II) En la aludida gestión dicha Dirección solicita se actualicen las
tarifas en la forma que indica, en razón de los aumentos experimentados en
los distintos rubros que inciden en el costo del Servicio, en especial en
el mantenimiento.

    Considerando: de recibo las razones invocadas por la mencionada
Dirección de Servicio Aéreo no existe inconveniente alguno en proveer en
la forma que se aconseja.

    Atento: a lo preceptuado por el artículo 18º del decreto de 19 de
julio de 1962 y a lo que señala el Proyecto de Ley de Contabilidad y
Administración Financiera puesto en vigencia, para todos los Organismos
del Estado, a partir del 1º de enero de 1968, por el decreto 104/968, del
6 de febrero de 1968, en base a lo preceptuado por el artículo 512º de la
ley 13.640, del 26 de diciembre de 1967 (Presupuesto Nacional de Sueldos,
Gastos e Inversiones),

    El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 323/975 de 17/04/1975 artículo 1.

Artículo 2

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 323/975 de 17/04/1975 artículo 2.

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