REGLAMENTACION DE LA LEY Nº 13.728, ARTICULO 122. PLAN NACIONAL DE VIVIENDAS




Promulgación: 08/07/1970
Publicación: 13/07/1970

Resumen:

Reglaméntase el artículo 122 de la Ley Nº 13.728 por el cual se comete a
la Oficina de Acción Comunitaria y Regional (CONACACOR), del Ministerio de Ganadería y Agricultura, la ejecución de programas de viviendas en los núcleos poblados de menor desarrollo y/o en áreas rurales.
Reglamentario/a de: Ley Nº 13.728 de 17/12/1968 artículo 122.


		
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