FIJACION DEL MONTO DEL SUBSIDIO, EJERCICIO 1978, DEL "FONDO FOMENTO A LA PRENSA DEL INTERIOR"




Promulgación: 06/06/1979
Publicación: 25/06/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1979
  •    Página: 1773
Visto: la gestión de la Comisión Honoraria Administradora del "Fondo
Fomento a la Prensa del Interior", solicitando se determine el total a
distribuir por concepto de subsidio correspondiente al año 1978.

Considerando: que de acuerdo al artículo 563 de la ley 14.189, de 30 de
abril de 1974, el Poder Ejecutivo debe fijar anualmente la cantidad a
utilizarse a los fines dispuesto por el artículo 62 de la ley 13.349, de
29 de julio de 1965.

Atento: a lo informado por la Contaduría General de la Nación y la
Asesoría Técnico Financiera del Ministerio de Economía y Finanzas,

El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

  Fíjase en N$ 1:077.411.39 (un millón setenta y siete mil cuatrocientos
once nuevos pesos con 39/100) el monto a distribuir por la Comisión
Honoraria Administradora del "Fondo Fomento a la Prensa del Interior",
correspondiente a subsidio por el año 1978.

Artículo 2

  Comuníquese, publíquese, etc.

MENDEZ - VALENTIN ARISMENDI - LUIS H. MEYER
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