REGLAMENTACION DEL CONVENIO INTERNACIONAL DE TRABAJO Nº 184 SOBRE SEGURIDAD Y SALUD EN LA AGRICULTURA




Promulgación: 09/07/2009
Publicación: 21/07/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 87
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.828 de 15/09/2004.

CAPITULO XI - TRABAJADORES JOVENES Y TRABAJO PELIGROSO

Artículo 94

 Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, la legislación
nacional o las autoridades competentes, previa consulta con las
organizaciones representativas de empleadores y trabajadores rurales,
podrán autorizar el desempeño de trabajos a partir de los 16 años, a
condición de que se imparta una formación adecuada y de que se protejan
plenamente la salud y la seguridad de los trabajadores jóvenes.

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