CAPITULO V - AGENTES QUIMICOS, FISICOS, ERGONOMICOS Y BIOLOGICOS Riesgos biológicos.
Artículo 52
Los materiales de desecho biológico con riesgo comprobado para el ser
humano deberán ser desinfectados antes de su disposición final o deberán
ser incinerados o eliminados con algún método de probada eficiencia.
Para su depósito y transporte estos materiales de desecho deberán ser
colocados en bolsas plásticas que puedan ser herméticamente cerradas o en
su defecto, en apropiados envases, que luego deben ser sometidos a una
correcta limpieza y desinfección.