REGLAMENTACION DEL CONVENIO INTERNACIONAL DE TRABAJO Nº 184 SOBRE SEGURIDAD Y SALUD EN LA AGRICULTURA




Promulgación: 09/07/2009
Publicación: 21/07/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 87
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.828 de 15/09/2004.

CAPITULO V - AGENTES QUIMICOS, FISICOS, ERGONOMICOS Y BIOLOGICOS
Riesgos biológicos.

Artículo 52

 Los materiales de desecho biológico con riesgo comprobado para el ser
humano deberán ser desinfectados antes de su disposición final o deberán
ser incinerados o eliminados con algún método de probada eficiencia.
Para su depósito y transporte estos materiales de desecho deberán ser
colocados en bolsas plásticas que puedan ser herméticamente cerradas o en
su defecto, en apropiados envases, que luego deben ser sometidos a una
correcta limpieza y desinfección.
Ayuda