Reglaméntase el artículo 32 de la Ley Nº 12.293, fijándose el plazo para el pago de los derechos de transferencias de dominio de ganado a inscribirse en el Registro de la Propiedad Pecuaria.
Reglamentario/a de: Ley Nº 12.293de 03/07/1956 artículo 32.