ESTABLECIMIENTOS FARMACEUTICOS. DISPENSACION DE MEDICAMENTOS. REGULACION EN LA PRESCRIPCION DE MEDICAMENTOS. PROFESIONALES MEDICOS Y ODONTOLOGOS




Promulgación: 20/08/2002
Publicación: 26/08/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 434
Referencias a toda la norma

Artículo 2

 Los establecimientos farmacéuticos previstos en la ley 15.703 de 11 de 
enero de 1985, previo a la dispensación de los medicamentos definidos en 
la ley 15.443 de 5 de agosto de 1983, deberán informar a los usuarios 
acerca de la oferta del producto genérico requerido, dispensando la 
especialidad según la libre elección del usuario.
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