REGISTRACION DE FIRMA Y TITULO PROFESIONAL EN LA DIRECCION GENERAL DEL CATASTRO NACIONAL. PLANOS DE MENSURA




Promulgación: 09/08/1995
Publicación: 04/09/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1995
  •    Página: 197
Referencias a toda la norma

CAPITULO V - GRAFICOS

Artículo 37

    Información en el Rótulo - El rótulo del plano se ubicará en la parte
superior del rectángulo definido en el segundo párrafo del artículo 33º.
 En él se indicará:
- el título y subtítulo del plano que identifica la operación realizada
según las definiciones de los artículos, 10, 11 y 12.
- nombre del Departamento.
- la Sección Catastral o Localidad Catastral según corresponda.
- el Paraje en planos de inmuebles rurales (opcional).
- la identificación de la Lámina y Cuadrícula, Carpeta Catastral o
Manzana, según corresponda.
- el número de padrón o padrones objeto del plano.
- área de la o las parcelas.
- nombre del propietario o poseedor, según corresponda.
- la fecha de expedición del plano.
- la firma de puño y letra del profesional actuante en tinta indeleble.
- la contrafirma o aclaración de firma
- logotipo (opcional).
- el número de matrícula del profesional.
- firma del propietario o poseedor según el artículo 12, en las
  copias transparentes.
- cuando el plano conste de varias láminas, la leyenda "lámina nn de
  tt", siendo nn el número ordinal de la lámina y tt el total de
  láminas del plano.
- la escala numérica.

  Los números de padrón, áreas, nombres y firmas de propietario podrán
referirse en planilla en zona de gráficos.
Referencias al artículo
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