Firma del propietario - El o los propietarios o el o los poseedores
(en su caso), o apoderados de los mismos deberán firmar el plano de
mensura, con lo que autorizan su registro. En caso de varios propietarios,
no están todos obligados a firmar, pero aquellos que lo hagan serán
responsables ante sus condóminos.
Esta exigencia no será aplicable en los casos de planos realizados por o
para Oficinas del Estado en ejercicio de sus atribuciones.