REGLAMENTACION DE LA LEY 15.921 (LEY DE ZONAS FRANCAS)




Promulgación: 27/09/2018
Publicación: 05/10/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de:
      Ley Nº 19.566 de 08/12/2017,
      Ley Nº 15.921 de 17/12/1987.
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO II - DE LAS ACTIVIDADES EN ZONAS FRANCAS

Artículo 8

   Las actividades industriales, comerciales o de servicios que se lleven a cabo en las zonas francas de conformidad con la Ley que se reglamenta deberán estipularse en los contratos que confieran a los usuarios su calidad de tales.

   La Dirección General de Comercio dictará los instructivos que contendrán las estipulaciones mínimas a las cuales deberán ceñirse los contratos precedentemente establecidos, sin perjuicio de las disposiciones contenidas en el presente Decreto.
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