REGLAMENTACION DE LA LEY 18.833 RELATIVA AL FOMENTO DEL DEPORTE Y DEROGACION DE LOS DECRETOS 391/012 Y 74/014




Promulgación: 24/11/2015
Publicación: 02/12/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.833 de 28/10/2011.

Artículo 9

   (Requisitos para la solicitud). Las entidades deportivas que pretendan acceder al régimen promocional deberán presentar ante la Unidad de Apoyo al Desarrollo del Deporte (UNADEP) de la COMPRODE, en la forma que ésta determine, la siguiente documentación e información:
   a) Información institucional de la entidad deportiva:
   i. Personería Jurídica y constancia de inscripción en los Registros Públicos correspondientes, incluyendo el Registro de Instituciones Deportivas de la Secretaría Nacional del Deporte.
   ii. Forma jurídica de la entidad deportiva, certificación notarial de autoridades en funciones, duración y fin de su mandato, con su objeto social, según sus estatutos vigentes.
   iii. Estados Financieros uniformes correspondiente a los últimos 3 (tres) ejercicios con Informe de Compilación, Revisión Limitada o de Auditoria.
   b) Declaratorias que la entidad deportiva cumple con todos los requerimientos en materias de administración y estados contables que establezca la normativa específica vigente, así como certificado común del Banco de Previsión Social y certificado de vigencia anual de la Dirección General Impositiva.
   c) El documento del proyecto, acompañado de una carta de solicitud de declaratoria de Proyecto de Promoción al amparo de la Ley N° 18.833, de 28 de octubre de 2011, que incluya un resumen ejecutivo del mismo, según los instructivos que establezca la COMPRODE.
   d) Declaración jurada en la que se establezca que la implementación del proyecto y las actividades que de él deriven, cumplen con las normas vigentes exigibles en materia laboral, de seguridad social, ambiental, financiera, legal, así como información acerca del origen de los fondos a utilizar.
   e) Una carta compromiso de cumplimiento de las condiciones establecidas en el proyecto.
   f) Un anexo incluyendo los ingresos y costos por igual monto, costos totales y por actividad, cronograma de inversión y gastos, el que deberá expresarse en moneda nacional, así como documentación que avale las fuentes y montos de financiación propios y acordados y formalizados con instituciones, personas físicas o jurídicas que cubran la totalidad del presupuesto estimado para su ejecución.
   g) Para el caso de proyectos acompañados por mecenas, las entidades deportivas deberán informar a la COMPRODE el modo por el cual dará difusión pública del aporte del mecenas, estando sujeta a lo que ésta disponga al respecto.
   h) Carta de mecenas y patrocinadores donde declaran que apoyan la realización del proyecto indicando el monto de su contribución expresado en moneda nacional. Deberá además presentar original o copia autenticada de la declaración jurada de Impuesto a las Rentas de la Personas Físicas (IRPF) o Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE) del ejercicio anterior o certificación de Contador Público que establezca que el monto de la contribución no supera el 5% (cinco por ciento) de la renta del ejercicio anterior a la fecha de presentación del proyecto. A su vez, deberán acreditar mediante certificación notarial que la representación de las autoridades que suscriben el compromiso de financiamiento tiene facultades suficientes para ese fin.(*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 131/021 de 04/05/2021 artículo 6.
Ver en esta norma, artículo: 12.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 308/015 de 24/11/2015 artículo 9.
Ayuda